El Tribunal Supremo de España (TS) ha anulado los artículos 11, 18, 38.1.a y 2 y 123.2. del Reglamento de Protección de Datos y deja como cuestión imprejuzgada el artículo 10. 2.a y b, el tratamiento y cesión de datos, que eleva como cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE). Actualización: 07/28 07:12 GMT por C : Parece que se trata de las bases de datos de morosos. La normativa española de protección de datos prohibía su tráfico si contenían datos privados, pero esto colisiona con la normativa europea de libre circulación de datos. Ahora el Tribunal Supremo español le pasa la pelota al TJCE para que decida qué norma manda sobre cuál.